Nociones básicas de Derecho para todas las personas
En un Estado de Derecho, la única autoridad legitimada es la ley. El desconocimiento de ésta no exime de su cumplimiento y el acceso libre a este conocimiento, está hoy en día al alcance de todas las personas. La Jurisprudencia como herramienta de interpretación de la ley. Estructura básica de los distintos órganos jurisdiccionales y de la normativa vinculante (la ley). Posibilidades legales para una intervención ciudadana responsable.
Por Javier Ortiz Amuriza
Junio de 2021
Desde hace muchos años, por mi perfil profesional de abogado economista (www.javierortizamuriza.com), considero que sería deseable que en la educación primaria se impartieran unas nociones básicas de Derecho a todas las personas. Este artículo no pretende ser un tratado de derecho sino mas bien servir de guía básica para que cada persona pueda ser capaz de investigar por sí misma y por ello, ruego se disculpe cualquier error o imprecisión y confío en la capacidad de cada persona para discernir a cada caso concreto, valiéndose de las herramientas existentes y que en este artículo trato de poner al alcance de todas ellas.
España, como todos los países de la Unión Europea, es un Estado de Derecho. Esto significa que la única autoridad legitimada es la ley y ésta es similar en todos los países afines, salvo contadas excepciones.
En Derecho hay un principio fundamental que establece que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, lo que me ha hecho decidirme a escribir este artículo, inspirado por las palabras de una íntima amiga de gran inteligencia, Inés.
La ley está sujeta a interpretación y de ello se ocupan los juzgados y tribunales. El conjunto de decisiones judiciales se denomina Jurisprudencia y es ésta la que va concretando la interpretación de la ley en cada momento.
Los diferentes órganos jurisdiccionales (juzgados y tribunales) están obligados también al cumplimiento de la ley y para ofrecer una garantía de que así sea, todas sus decisiones (autos y sentencias) se pueden recurrir ante la instancia judicial superior. Éstos, aunque también se agrupan en diferentes ámbitos competenciales (por competencias en una u otra materia o ámbito geográfico), se podría decir que básicamente, son:
- Jueces y juzgados de Primera Instancia (de lo Civil y de instrucción en lo Penal).
- Audiencias Provinciales.
- Tribunales Superiores de Justicia de cada Comunidad Autónoma.
- Tribunal Supremo del Estado y Tribunal Constitucional en lo que a la interpretación de la Constitución se refiere.
- Tribunales Superior de la Unión Europea y la Corte Internacional de Justicia conocida como Tribunal de la Haya en el ámbito de la ONU.
Para una información más detallada ver: Portal Europeo de e-Justicia – Órganos jurisdiccionales de la UE (europa.eu)
A lo que vengo refiriendo como la ley, está compuesta por toda la normativa del estado que muy básicamente podríamos concretar, de mayor a menor, del siguiente modo y que las unas se dictan en desarrollo de las otras y es preciso que la normativa inferior, respete a la superior:
- Constitución.
- Leyes Orgánicas (requieren mayorías cualificadas para su aprobación parlamentaria).
- Leyes Ordinarias.
- Reglamentos.
- Edictos y normativas municipales.
Hoy en día es muy sencillo acceder a la normativa aplicable a cualquier asunto, buscándolo en internet, donde también se puede acceder a la jurisprudencia de unos y otros órganos jurisdiccionales que van determinando la correcta interpretación de las diferentes normas en el transcurso del tiempo.
Para terminar, tan sólo explicar que las distintas normas referidas (Constitución, Leyes Orgánicas y Leyes Ordinarias) se deben aprobar en el ámbito parlamentario, por la Cortes Generales (Congreso y Senado). Se hace a través de distintas instancias:
- Si la iniciativa es del Gobierno, entonces se denomina Proyecto de Ley. Únicamente pueden ser presentados por el Gobierno.
- En el resto de los casos, si la iniciativa es del Congreso, Senado, Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, iniciativa legislativa popular, se denomina Proposición de Ley.
Personalmente pienso, como vengo refiriendo en artículos anteriores, que hoy en día, en plena era digital, una ciudadanía responsable podría guiar y condicionar a las instituciones del estado, con una visión de largo plazo que fuera implementada mediante Proposiciones de Ley.


